TEMPLOS DE LA RELIGIÓN CATÓLICA MAYA CON VALOR JURÍDICO
En el estado mexicano de Quintana Roo en México, desde 1997 se decreto la Ley de justicia indígena, donde se reglamenta que los actos religiosos del bautizo y el matrimonio celebrados en los templos tienen la categoría de eventos oficiales al convertir acontecimientos que resultan en el acta de nacimiento y el acta de matrimonio. Así los templos son recintos que donde se realizan funciones del estado mexicano y los ritos celebrados por sacerdotes mayas auxiliados por los jueces tradicionales adquieren un valor jurídico. Ello rompe con esquema nacional de separación entre la iglesia y el estado, en aras de hacer valer el principio constitucional del artículo 2º de hacer valer los “usos y costumbres” en las comunidades indígenas.
Esta ponencia analizara el origen jurídico de esta excepción a la ley, su desarrollo, estado actual y su inclusión en la vida cotidiana del estado.
Keywords: indígenas, religión, matrimonio, bautizo, oficial
Author: Ana Luisa, Izquierdo (Centro de Estudios Mayas, Universidad Autónoma de México, Mexico / Mexiko)